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lo que toca á saltar en tierra y tractar con las gentes de ella, no se haga cosa que no sea con parecer y determinacion de los religiosos. Y llevarán resgates ó del Rey ó de compañía de las personas que allí fueren para resgatar, y de lo que se hobiere podrá Su Magestad pagar ó ayudarse para pagar los gastos, y lleven cierta cantidad para que se den de parte de Su Magestad á los señores y principales, para que se inclinen y animen á le amar y desear cognoscer y servirle. Y sobre todo han de trabajar de dejarlos muy contentos y amigos, y no darles chica ni grande ocasion de escándalo ni desabrimiento, mandando Su Magestad que el que lo diere incurra en muy grandes penas. Y si á los religiosos pareciere que se deben quedar en la tierra como apóstoles de Dios, quedarse an, y el navío se tornará á dar las nuevas á la audiencia real que lo hobiere despachado, para que de allí se haga saber á Su Magestad.

Cuanto à las tierras descubiertas ya, pero no penetradas, y que no se saben las gentes y secretos que en ellas hay, comiéncense á convertir y á ganar por religiosos, con predicacion y buenas obras y ejemplos, dándoles dádivas y dones de resgates de parte de Su Magestad; y despues de quitado el horror y miedo que tienen de las crueldades é infamias de los cristianos, comenzarán á contractar los cristianos con ellos, por vía de resgates, comercio y contractacion, y así cobrarán amor y amistad con ellos; y comenzando desde la más propincua provincia ó pueblo de cristianos esta conversion y predicacion y pacificacion, podrán, el tiempo andando, hacer pueblos de cristianos más adentro de la tierra, segun la disposicion y felicidad y riqueza hobiere en la tierra, hasta que se cundan y penetren todas las entrañas de la tierra firme, y se traigan las gentes de ellas al cognoscimiento de su Dios y nuestro, y á la subjecion y señorío de Su Magestad, segun que más largamente degimos en los remedios. de ella. Desde la isla de la Trenidad se ha de comenzar esta predicacion y conversion para muy muchas leguas de tierra, y desde Cumaná, que es en las Perlas, y desde el Cabo de la Vela; y desde Venezuela y las otras poblaciones que por allí hay, y desde el nuevo reyno de Granada, tirando aquellos tiranos que allí agora

destruyen y asuelan aquellas tierras y gentes, y desde Nata por la costa de Sur, y desde Nicoya, y por Nicaragua, y en el Perú por las partes convenientes, y así en todos los otros reynos de tierra firme. Háse de mandar, con grandes penas y rigor esecutándolas que nadie. haga escándalo ni mal ni daño á los indios por ninguna manera.

Las tierras donde están capitanes conquistando con quien Su Magestad con falsas informaciones tomó asiento y hizo capitulacion, como ellos estén matando, y robando, y destruyendo, y escandalizando aquellas gentes inocentes, y por consiguiente inexpiablemente ofendiendo á Dios y desirviendo á Su Magestad, conviene que Su Magestad luégo los mande cessar de las dichas injustas guerras y tiranías que hacen, y que si es tierra para poblar pueblen en ella trabajando de apaciguar los indios cuanto les fuere posible, y vivir allí por vía de resgates y contractación hasta que Su Magestad lo que fuere su servicio provea, y si no quisieren poblar, se salgan luego de la tierra y se vayan á poblar á cualquiera de las otras provincias donde cristianos españoles hobiere. Su Magestad no es obligado á guardar ni cumplir alguna ni ninguna de las dichas capitulaciones ni asientos: lo uno, porque son fundadas en falsas y malas informaciones, y por consi guiente son invalidas de derecho. Lo otro, porque se ejercitan los que las tomaron en grandes ofensas de Dios y pecados mortalissimos y en destruicion de aquellas gentes y del patrimonio y señorío real de Su Magestad.-Fray Bartolomé de las Casas.

VIAJE Á INGLATERRA

DEL CONDESTABLE DE CASTILLA

DON JUAN FERNANDEZ DE VELASCO

PARA TRATAR DE LAS PACES ENTRE AMBAS CORONAS, EN 1603.

TOMO LXXI

(Ms. de la Biblioteca del Marqués de la Fuensanta del Valle.)

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RELACION

DE LA JORNADA QUE HIZO Á INGLATERRA EL CONDESTABLE DE CASTILLA, JUAN FERNANDEZ DE VELASCO, EL AÑO DE 1603, Á EL AJUSTE DE LAS PACES CON INGLATERRA Y ESPAÑA.

Movido el Rey Católico de España, Felipe III, de la buena amistad que tuvo la Majestad de su padre con el serenísimo Jacobo, rey de Escocia, y de las obligaciones que heredó, y deudo con el dicho Rey y la serenísima Reina, por la Casa de Austria, envió á congratularse con ellos de su sucesion en la Corona de los reinos de Inglaterra é Irlanda. Y para esto escogió S. M. á Don Juan de Tassis, conde de Villamediana, su Gentil-hombre de Cámara y Correo mayor, caballero afable, cortesano y entendido, cual convenia para semejante oficio. Y así, partió para este efecto por la posta desde Valladolid, corte de S. M., por el mes de Mayo de 1603; y el de Setiembre siguiente llegó al reino de Inglaterra, y tuvo grata audiencia de los dichos serenísimos Reyes en Vincestre; y á vueltas de las visitas y cumplimientos, que recibieron con grande afecto de gusto y estimacion, mostraron tambien deseo de que la amistad que por el reino y corona de Escocia habian tenido ambos Reyes, se continuase con vínculo más estrecho y extiendese á los dichos reinos de Inglaterra é Irlanda; y hallando en el conde de Villamediana no ménos buena disposicion para esto, de parte de su Rey, se dejaron entender de los ministros del de Inglaterra que era necesario órden de S. M. para tratar de ello, á quien luego dió cuenta de todo lo que pasaba.

Con estas nuevas, el Rey católico, como Príncipe santo, consideró los daños y accidentes de la guerra, y como tan justo, la poca ocasion de hacella á el dicho rey de Inglaterra, y el bien universal de la cristiandad y particular de los vasallos de ambos Reyes; y mirando en el personaje y caudal y nombre que pedia tan grave negociacion, acordó encomendar su direccion, con autoridad suprema de hacer y deshacer en todo, como bien le pare

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